| Disposiciones
Generales |
La Sala de Internet estará adscrito al Departamento
de Orientación, Información y Documentación
del Sistema de Información, Científica
Humanística y Tecnológica de la UCV. |
La Sala de Internet responde a las exigencias planteadas
en el marco legal previsto en la Constitución
Bolivariana de Venezuela en su artículo 110,
en el artículo 1º de la Ley de Telecomunicaciones
y en el 50 de la Ley Orgánica de la Administración
Central, de acuerdo a lo expuesto en el Plan Nacional
de Telecomunicaciones, donde se reconoce el interés
público, por la ciencia, la tecnología,
el conocimiento y los servicios de información
para la búsqueda del desarrollo y bienestar social.
del país y su población a través
de la inserción de las instituciones educativas
venezolanas dentro del concepto de la sociedad de la
información y del conocimiento. |
La Sala ofrecerá la consulta en forma gratuita
a las redes telemáticas nacionales e internacionales,
los estudiantes de universidades públicas nacionales
y miembros de la comunidad Ucevista. |
La Sala asume como filosofía de servicio, la
formación permanente de sus usuarios en el uso
de las tecnologías de información y comunicación
(TIC's). |
| De los usuarios. |
| Serán
usuarios de la Sala de Internet: |
Estudiantes de pregrado de las universidades públicas
nacionales. |
Estudiantes de postgrado de la Universidad Central de
Venezuela. |
Profesores, Empleados y Obreros de la Universidad Central
de Venezuela. |
Para tener derecho al uso de la Sala, el usuario deberá
presentar el carnet que lo identifique como estudiante
universitario o miembro de la comunidad ucevista. |
El usuario del servicio deberá reservar un turno
en el sistema de reservación electrónica
presentando el carnet que lo identifique. |
El usuario de la Sala tendrá derecho a una hora
diaria del servicio. |
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El usuario del servicio podrá ser suspendido
por un mes por las siguientes causas: |
Que sea sorprendido observando páginas pornográficas
o cualquier correo que contenga material sexual no adecuado. |
Consultando paginas de
Chat. |
Falta de respeto al personal de la Sala. |
El personal de la Sala tiene la responsabilidad de ofrecer
instrucción y/o entrenamiento en el uso de las
fuentes digitales, al usuario que así lo requiera.
|
Con la finalidad de cumplir con lo estipulado en el
artículo 4 de la presente normativa, se planificará
cursos, seminarios y talleres de instrucción.
|
| De
los recursos humanos |
La Sala tendrá un
Coordinador el cual le rendirá cuentas al Jefe
del Departamento de Orientación, Información
y Documentación. |
El Jefe del Departamento entregará trimestralmente
un informe a la Dirección de la biblioteca. |
| El
Coordinador cumplirá las funciones que se indican
a continuación: |
Instrumentar estrategias
orientadas a maximizar la Gestión de los Recursos
de Información (GRI) |
Planificar e instrumentar los cursos talleres y seminarios
orientados a la formación de los usuarios en
el uso de la nuevas Tecnologías de Información
y Comunicación (TIC's). |
Establecer alianzas estratégicas con entes académicos
intra y extrainstitucionales. |
Instrumentar actividades de promoción y divulgación
de los servicios. |
Elaborar informes de gestión donde se plasme
el impacto de los servicios, así como también
la evaluación del personal. |
La Sala tendrá dentro de su personal, un técnico
en mantenimiento de Hardware y Software. |
| El
Técnico cumplirá las funciones que se
indican a continuación: |
Mantenimiento de los equipos de computación.
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Administrar la red interna del servicio electrónico
|
Evaluar periódicamente el antivirus de los equipos
|
Desarrollar aplicaciones necesarias para las mejoras
del servicio |
| De
la tecnoestructura |
La plataforma tecnológica instalada en la Sala
de Internet fue financiada por la Oficina de Planificación
del Sector Universitario (OPSU) adscrita al Consejo
Nacional de Universidades (CNU) y el Rectorado de la
UCV. El mantenimiento y repotenciación de la
misma será responsabilidad de la Biblioteca Central
de la UCV, de conformidad a la cláusula primera
del convenio suscrito por el Consejo Nacional de Universidades,
la Oficina de Planificación del Sector Universitario
y la Universidad Central de Venezuela. |
El mantenimiento de la Intranet de la Sala será
realizado los días viernes en las tardes con
una frecuencia de 15 días. |
Sólo se suspenderán las actividades del
servicio electrónico cuando persista una falla
que incida negativamente en el normal desenvolvimiento
de la dinámica de gestión del mismo. |
En correspondencia a lo pautado en la cláusula
cuarta del convenio suscrito por el Consejo Nacional
de Universidades, la Oficina de Planificación
del Sector Universitario y la Universidad central de
Venezuela , todo software instalado o por instalar en
los diferentes equipos del servicio electrónico
deberá poseer la licencia correspondiente. |
| Del
uso de los equipos |
La Tecnoestructura instalada en la Sala académico
debe ser utilizada sólo para fines Académicos.
|
El personal que labora en la Sala debe asumir el compromiso
de conservar y salvaguardar la tecnoestructura instalada.
|
| El daño intencional
realizado a los equipos será sancionado con: |
Multas equivalentes con el valor del equipo (s) o accesorio
(s) dañado (s). |
Suspensión temporal o definitiva del servicio.
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Queda prohibido la inserción de disquetes que
no sean los suministrados en el mismo servicio, en cualquiera
de los equipos de la sala. |
Cuando se requiera la obtención de un programa
o aplicación disponible en las redes académicas,
intra y extrainstitucionales, el usuario deberá
solicitar autorización a los responsables del
servicio. |
| De
los servicios |
| El
servicio electrónico ofrecerá los servicios
pautados en el Documento "Marco Conceptual Salas
de Computación" los cuales se indican a
continuación: |
Propiciar la consulta de la Información y el
conocimiento generado por el personal docente de la
Universidad Central de Venezuela. |
Servicio de búsqueda y recuperación de
información (motores de búsqueda). |
Servicio de acceso a la World Wide Web. |
Servicio a información almacenada en CD/Roms-DVD
(enciclopedias multimedia, materiales didácticos,
e índices entre, otros) |
Servicio de correo electrónico y listas de discusión.
|
Se prohíbe de manera expresa la consulta a páginas
pornográficas, de chat y de juegos. |